lunes, 5 de abril de 2010

Indecopi sancionó nuevamente al Banco de Crédito (Péru)


Esta vez por no brindar información a los herederos de un cliente que había fallecido

Nueva sanción. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi ) sanción al Banco de Crédito del Perú (BCP) por negarse a brindar información a los herederos de un cliente que había fallecido.

De acuerdo a un comunicado de la institución, el BCP “se negó a otorgar copia del contrato de préstamo del cliente fallecido, así como a informar sobre los fondos que tenía en las sucursales del banco en Perú, Panamá y Estados Unidos”.

Así, la Sala de Defensa de la Competencia de Indecopi, la última instancia administrativa, obligó al banco a informar a los herederos “de manera precisa sobre la totalidad de las cuentas” de su cliente en cinco días hábiles.

MULTA
Asimismo, ordenó al BCP cubrir con todos los gastos que los denunciantes tuvieron en este proceso y a pagar una multa de dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 7.200.

“La institución hace pública esta decisión con el fin de alertar a los proveedores para que no incurran en faltan similares, así como también para que los consumidores conozcan sus derechos”, concluyó el comunicado.

La nota de prensa no dio el nombre del afectado. Ante un requerimiento de elcomercio.pe, Indecopi se comprometió a indagar si era factible la divulgación de la identidad del agraviado.

Esta es la segunda vez que Indecopi castiga al Banco de Crédito. La primera fue porque la entidad bancaria cobró la deuda de la consumidora María Aurora Gonzales Espinoza con fondos correspondientes a su sueldo, sin considerar el límite legal establecido para el embargo en estos casos.

No hay comentarios: