viernes, 16 de enero de 2009

Chile: Consejo de Etica falla contra Paris por comparar precios con Ripley

DIARIO FINANCIERO , Retail

Las comparaciones resultan odiosas, muchos lo creen y ahora fue ratificado a través de un nuevo fallo del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), que determinó que cuando empresas competidoras realizan esta práctica, vulneran el buen ejercicio de la actividad publicitaria.

De esta forma, el organismo -que tiene carácter autoregulatorio para quienes se adscriben a él-, le dio la razón a Ripley, luego que la cadena denunciara a Paris por realizar este tipo de publicidad en sus locales.

El caso se originó el 10 de diciembre, cuando personal de la multitienda de la familia Calderón fotografió en Paris de Parque Arauco la oferta de un computador que hacía referencia al valor que un producto similar tenía en Ripley.

Con esta prueba Ripley presentó una queja al Conar, señalando que “Paris hace una comparación directa entre un producto disponible en sus tiendas y otro idéntico disponible en las nuestras”, lo que a juicio del retailer implicó que la multitienda ligada a Cencosud usará su logo sin autorización y además indujera a una comparación de precios que “atentaría contra la sana competencia”.

Por su parte la cadena encabezada por Horst Paulmann, se defendió argumentado que “la comparación efectuada se limita a informar las diferencias del valor de las cuotas, en un periodo determinado, que es el tiempo en que el aviso se muestra al público”.

Pero estos últimos argumentos no fueron suficientes para convencer al Conar de que la comparación era inofensiva y le dio la razón a Ripley en lo relativo a que no se cumplió el artículo 10 del Código de Ética, relativo a los alcances de la publicidad comparativa, sugiriendo que la citada publicidad no debe volver a difundirse.

El Conar ya había fijado su opinión respecto de la publicidad comparativa. Recientemente lo hizo con motivo de la “guerra de precios” entre Cruz Verde y FASA, que comenzó con comparaciones de las boletas de ambas firmas y terminó en la justicia ordinaria tras el pronunciamiento del Conar.

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