viernes, 11 de abril de 2008

Chile: TDLC Sanciona a Falabella y Paris con Multas Históricas

POR GUERRA DEL PLASMA

El tribunal acusó de colusión y posición dominante a las multitiendas, las cuales apelarán a la Corte Suprema.


En una resolución inesperada, el Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia, presidido por Eduardo Jara, resolvió sancionar a las multitiendas Falabella y París, en el caso conocido como "La Guerra del Plasma", con multas por cerca de US$8 millones y US$5 millones, respectivamente.
De esta forma, concluyó el proceso iniciado por la Fiscalía Nacional Económica y el Banco de Chile, a raíz de la cancelación de una feria de alta tecnología organizada por la entidad bancaria para sus clientes (donde podían comprar esos bienes en condiciones especiales de financiamiento a través de las tarjetas de crédito del mismo banco) y que debía realizarse en abril de 2006.
El Tribunal multó a las multitiendas controladas por los Solari-Del Río (Falabella) y por el empresario alemán Horst Paulmann (Paris), pues consideró, acreditando que ambas, “coludidas para ello, presionaron a sus proveedores para que no participaran en la feria, y que por esa vía ilícita, causaron el fracaso de un evento en el que se venderían televisores de panel, precisamente en los meses anteriores al Mundial de Fútbol del año 2006, cuando era de esperar un incremento de la demanda por estos aparatos”.
Las multas consideran la reincidencia de ambas empresas en infracciones a la libre competencia, la gravedad de las conductas -colusión y abuso de posición dominante- y sus efectos disuasivos para la competencia, tanto a nivel de proveedores, como para el desarrollo de nuevos canales de ventas.

Evidencia

Históricamente, las sentencias más altas habían sido para Telefónica en el caso Voissnet (por bloquear telefonía IP), por US$1 millón y a Chile Tabacos, en la demanda de Philip Morris (por impedir la venta de sus cigarros y por contratos de exclusividad), también por alrededor de US$1 millón.
Entre la evidencia considerada en el proceso se encuentran registros de llamadas telefónicas y correos electrónicos entre ejecutivos de las multitiendas sancionadas y sus proveedores, a los cuales se les comunicó que “se les impondrían sanciones a los que participaran en la feria, impidiéndoles la distribución de sus productos a través de Paris y Falabella”.
En tanto, Paris señaló verse “sorprendida y disconforme con tal sentencia, por lo que estudia la presentación del recurso de reclamación respectivo ante la Corte Suprema, con el objeto de que sea revocada íntegramente la decisión del TDLC”. Por su parte, Falabella indicó que “encuentra muy injusta la sentencia y, que no cabe duda, que apelaremos ante la Corte Suprema, para revocar dicha resolución”.

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La Sentencia

-Acoger el requerimiento del Fiscal Nacional Económico y la demanda del Banco de Chile, y declarar que Falabella y Paris han incurrido en las conductas de colusión y abuso de posición dominante que se les han imputado en estos autos.
-Condenar a Falabella al pago de una multa, a beneficio fiscal, ascendente a 8.000 Unidades Tributarias Anuales.
-Condenar a Paris al pago de una multa, a beneficio fiscal, ascendente a 5.000 Unidades Tributarias Anuales.

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